Definition (English):The judgment that a court formally pronounces after finding a criminal defendant guilty; the punishment imposed on a criminal wrongdoer <a sentence of 20 years in prison>. See Fed. R. Crim. P. 32. Also termed judgment ofconviction. [Cases: Sentencing and Punishment ~1001.]
Definition (Spanish):(pena) 1. Pen. Consecuencia que el legislador asocia en la ley penal a la comisión de una infracción penal. 2. Pen. Privación o restricción de bienes o derechos impuesta por un órgano jurisdiccional a un sujeto culpable como consecuencia de la comisión de una infracción penal. 3. Pen. Clase de consecuencia jurídica o sanción que junto con el precepto o presupuesto conforma la norma penal. (condena) Pen. Efecto de condenar. Condenar. Pen. Imponer al culpable la pena correspondiente a la infracción penal cometida.
Comments:Note that definitions for different types of 'sentences' cover a full page of Black's.